Los
profesionales concurrentes a estas Jornadas,
provenientes de mas de 10 provincias argentinas,
expresamos nuestro reconocimiento y agradecimiento
al Consejo Profesional de Agrimensores, Arquitectos
e Ingenieros del Chaco y a la Asociación
Chaqueña de Agrimensores, por la acogida
cordial que nos depararon y por la calidad
técnica de la misma.
Que de las exposiciones efectuadas surgen
aspectos que es necesario destacar y remarcar
para el bien ser de la Agrimensura, el Catastro
y los Sistemas de Información Territorial
de la República Argentina.
Por tal circunstancia recomendamos que: |
1.
|
Los
Sistemas de Información Geográficos
constituyen herramientas modernas validas
no solo para lo que es el archivo, análisis
y gestión de datos, sino también,
y principalmente para la gestión de
la organización catastral, permitiendo
que se mejore en calidad de productos y de
servicios. |
2. |
En las facultades donde se dicten las carreras
de Agrimensura e Ingeniería en Agrimensura
se tenga muy en cuenta la necesidad de que
los profesionales que egresen tengan un conocimiento
tal que les permita el uso de las herramientas
informáticas, especialmente los Sistemas
de Información Geográficos,
aplicadas a las distintas disciplinas de la
carrera, de manera que se pueda dar una respuesta
valida a la totalidad de las incumbencias
establecidas en la Resolución 1054/02
del Ministerio de Educación de la Nación. |
3.
|
Es
indispensable para la georreferenciación
geométrica de las parcelas y la conformación
de un Sistema de Información Territorial
actualizado y moderno, la unificación
de las Redes Geodésicas Provinciales
en acuerdo con el Marco de Referencia Geodésico
Nacional establecido por el Instituto Geográfico
Militar. El mismo debe ser definido con las
mejores técnicas geodésicas
disponibles en la actualidad, a través
de la red RAMSAC ( Red Argentina de Monitoreo
Satelital Continuo). En este Marco único
se cristaliza el espíritu de la Ley
Nacional de Catastro, que establece un Sistema
Geodésico Nacional homogéneo
para la georreferenciacion de las mensuras. |
4. |
Los organismos catastrales tengan en cuenta
y propugnen que las mensuras que se realicen
en el territorio de su jurisdicción
sean georreferenciadas, entendiendo por tal
la identificación de todos los puntos
del espacio (aéreos, marítimos
o terrestres, naturales o culturales) mediante
coordenadas referidas al Marco de Referencia
Geodésico Nacional.
La georreferenciacion resuelve dos grandes
cuestiones simultáneamente:
a. Permite conocer la forma,
dimensión y ubicación de cualquier
parte de la superficie terrestre o de cualquier
objeto sobre ello.
b. Permite vincular información
espacial proveniente de distintas fuentes,
condición necesaria para el desarrollo
de los sistemas de información territorial
o geográficos
Y además también permite determinar
con precisión las coordenadas de las
intersecciones de los limites territoriales
provenientes de distintas causas jurídicas,
lo que asegura al sistema catastral la posibilidad
de brindar mayor seguridad, puesto que al
identificar a las parcelas por las coordenadas
de los vértices su replanteo es más
preciso y por lo tanto son más fáciles
de dirimir las cuestiones de limites, mejorando
además la calidad de la cartografía
digital del territorio. |
5.
|
Los
funcionarios de los Gobiernos Provinciales
brinden respuestas efectivas a las necesidades
tecnológicas y de personal capacitado
existentes en los Organismos Catastrales,
especialmente de profesionales de la agrimensura,
y que definan políticas validas para
mantener, capacitar y reconocer a los profesionales
que actualmente se hallan incorporados en
las plantas de personal de la administración
provincial. |
6. |
Los funcionarios de los Organismos catastrales
y entidades nucleantes de profesionales de
la agrimensura, promuevan actividades para
adecuar las legislaciones provinciales de
Catastro al marco referencial brindado por
el proyecto de ley Nacional de Catastro que
hoy tiene media sanción del Senado
de la Nación. |
| 7. |
Los desarrollos catastrales que se realizan
y o se realicen en el futuro tengan en cuenta
el cumplimiento de las finalidades establecidas
en la doctrina catastral actual reflejada
en el proyecto de ley Nacional de Catastro,
evitando pretender dar respuestas que le competen
a otras áreas de la administración
publica. |
8. |
La necesidad de destacar la trascendencia
de la formación de una infraestructura
de datos espaciales para la gestión
de las administraciones publicas, constituyendo
esto la integración en base de una
única referencia espacial, de la información
existente en sistemas de información
geográficos de cada área de
la gestión publica. Precisando además
que la información catastral es la
base de todo sistema de información
territorial, exigiendo que para la implementación
de estos sistemas se tome conciencia en ámbitos
políticos y administrativos que la
información es la base para una correcta
y transparente gestión de gobierno. |
9.
|
Se
tenga en cuenta que la información
presente en las distintas bases catastrales
es una herramienta para una necesaria y correcta
actuación del profesional de la agrimensura
que actualiza y perfecciona con sus tareas
los datos, solicitándose la implementación
de sistemas tecnológicos y administrativos
que faciliten el acceso a los mismos. |
10.
|
Los
dirigentes de las entidades de profesionales
de la agrimensura instrumenten actividades
tendientes a mantener actualizados en los
nuevos conceptos y en la utilización
de las modernas tecnologías a los profesionales
de la agrimensura y a estos tomar conciencia
de que en la actual época es necesario
realizar esfuerzos para estar al día
con la evolución de las técnicas
y conceptos. |
11. |
Destacamos y nos congratulamos por la media
sanción de la ley Nacional de Catastro
alcanzada en el Senado de la Nación
e instamos a los Señores Diputados
Nacionales, cámara donde se encuentra
actualmente para su tratamiento, otorguen
una pronta transformación en ley Nacional. |
12. |
Solicitar también a los Consejos ó
Colegios Profesionales de las distintas provincias
argentinas, conjuntamente con las Direcciones
de Catastro provinciales, llegar a los Sres.
diputados nacionales por cada una de las provincias
para solicitar y transmitir la necesidad de
contar con la pronta aprobación de
la Ley Nacional de Catastro. |
13.
|
También
destacamos, por su emotividad y validez, el
reconocimiento efectuado durante la realización
de las Jornadas al Agrim. Lorenzo Bozicovic,
constituyéndose en ejemplo y modelo
para las generaciones actuales y futuras de
los profesionales de la Agrimensura, dado
su hombría de bien, calidad profesional
y contribución a la jerarquización
de la profesión. |
14. |
La mensura georreferenciada geodésicamente
y una base de datos integradora son el fundamento
de un catastro moderno, seguro y práctico
para todos. |
15.
|
Recomendar
a todos los Directores de Catastro del país,
por medio de los Colegios o Consejos profesionales,
la instalación de estaciones permanentes
en coordinación con el Instituto Geográfico
Militar. |
16. |
Dentro de la administración y gestión
de la actividad catastral, se integre la participación
del ejercicio profesional independiente de
la agrimensura, a fin de contribuir a la rápida
implementación de funciones específicas
del Estado. |
17. |
La provincia del Chaco debe encarar una activa
política de actualización de
sus sistemas de georreferencia, gestionando
ante el Instituto Geográfico Militar
los convenios de cooperación pertinentes. |
18. |
Recomendar al Gobierno de la Provincia del
Chaco la urgente reglamentación de
la Ley Provincial de Catastro N° 4851,
para que inmediatamente pueda ser puesta en
vigencia. |