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Ya las Naciones Unidas en 1963 enunciaron:
“Después de la población
humana, la mayor riqueza de un país
es su suelo”. Por ello el territorio
donde el hombre desarrolla sus esperanzas
de vida, debe ser conocido, identificado
y valorado, registrados sus recursos, atributos
y sus límites por lo que debe ordenarse
desde un punto de vista geométrico,
jurídico, económico y multifinalitario,
a través del catastro, sistema fundamental
de información territorial que aporta
al conocimiento requerido por cualquier
planificación o desarrollo, en lo
que no puede estar ausente el régimen
de la propiedad, ya que la afectación
de ésta siempre estará permanentemente,
sea a través de la obra pública,
de los servicios o de los impuestos con
que se financia aquella.
El Catastro constituye un sistema de fundamental
importancia para el Estado, siendo una de
las bases de datos principales, dado que
de allí se obtienen múltiples
aplicaciones, para la planificación
urbanística, la ejecución
de obras públicas, el desarrollo
socioeconómico, la protección
del medio ambiente y el avalúo del
territorio, todo ello en beneficio del bien
común.
El catastro, que tiene sus orígenes
en el momento en que el hombre se hizo sedentario,
ha evolucionado en el tiempo, pudiendo resumirse
su alcance como la suma progresiva de los
siguientes cuatro componentes: en primer
lugar como una herramienta para fines fiscales,
en segundo término con su función
fundamental como pilar del tráfico
inmobiliario, en tercer lugar su función
como soporte al planeamiento y ordenamiento
del territorio y finalmente en las últimas
décadas con un alcance multifinalitario
o multipropósito como suele conocérselo.
En síntesis la suma de las cuatro
funciones mencionadas resumen básicamente
su misión actual.
El Catastro, es dinámico y sobre
todo en las últimas décadas
ha ampliado sus funciones, incidido significativamente
por la influencia del desarrollo tecnológico
(principalmente en equipos para captar datos,
informática y comunicaciones) y popularización
del uso de la información territorial
para diferentes aplicaciones. Los términos
de catastro multifinalitario o multipropósito
han cobrado popularidad como asimismo el
desarrollo en los Catastros de Sistemas
de Información Territorial y su papel
fundamental para que se desarrollen las
Infraestructuras de Datos Geoespaciales.
El Desarrollo en el país de Sistemas
de Información Territorial a partir
de la década del 90, requiere la
adecuación del marco normativo catastral.
Este nuevo marco es indispensable en este
momento para poner en operación un
conjunto de resultados de Sistema de Información
Territorial y las acciones para su mantenimiento.
La evolución del Catastro y la capacidad
de brindar soporte al gobierno y a la sociedad
por sus funciones genuinas y por otras que
van más allá de las que tradicionalmente
lo identifican, aconsejan poner en funcionamiento
e integrar diversos procesos de mantenimiento
de datos a la vez que ampliar el alcance
del Catastro e Información Territorial,
en congruencia con las necesidades de información
territorial del país y con los objetivos
y desarrollos nacionales e internacionales
en la materia.
Actualmente con la capacidad de modelizar
los datos de una base de datos digital,
múltiples prestaciones y aplicaciones
pueden tener lugar. De allí la concepción
amplia, que han ido tomando en distintos
lugares las tradicionales Direcciones de
Catastro.
Con los alcances del Catastro descriptos,
atendiendo a problemáticas territoriales
existentes y pretendiendo contribuir a la
vez al desarrollo coordinado en materia
de información territorial, en el
proyecto de Ley cabe destacar la incorporación
de los siguientes aspectos:
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La
cobertura de la totalidad del territorio
como un continuo abarcando las áreas
tanto de dominio público como
de propiedad privada e incorporando
objetos territoriales legales, de
los cuales las parcelas son un caso
particular y, otros objetos territoriales
complementarios. El Sistema de Información
Territorial emergente del catastro
tiene la capacidad de incorporar y
administrar además, objetos
territoriales tales como instalaciones
petroleras, líneas eléctricas
y obras complementarias, gasoductos
e instalaciones complementarias, vías
de comunicación, áreas
protegidas y lo que es de suma importancia,
las zonas de restricción que
los mismos generan. Estas posibilidades
acompañadas de las facultades
de poder de policía y de operaciones
de mensura, de verificación
de subsistencia del estado parcelario
hará que el país tenga
en el futuro verdaderos Sistemas de
Administración del Territorio,
esenciales para la instrumentación
de nuevos conceptos de “gobierno”,
para la implementación de adecuadas
políticas territoriales y para
el desarrollo sustentable, superando
múltiples dificultades que
se presentan actualmente. |
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Dictar normas
sobre georreferenciación parcelaria
y territorial. Esta función
resulta imprescindible dado que la
georreferenciación es la base
para correlacionar datos ubicados
en el territorio de las más
diversas temáticas y tales
funciones deben ser indefectiblemente
cumplidas por los organismos catastrales.
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Establecer estándares,
metadatos, metodologías y demás
preceptos y todo otro componente compatible
con el papel fundamental que le cabe
al catastro en el desarrollo de las
Infraestructuras de Datos Geoespaciales.
Esta función resulta esencial,
en la era de la información
territorial compartida, a fin que
las bases de datos que se vayan generando
tengan la capacidad de poder comunicar
y/o integrar sus datos y puedan concretarse
significativas aplicaciones de gobierno
electrónico, con datos territoriales.
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Intervenir en
todos los casos que se generen, modifiquen
o extingan límites territoriales,
ya sean jurisdicciones administrativas,
áreas protegidas, o de cualquier
otra naturaleza. Contribuirá
a reducir conflictos e incertidumbres,
a través de aportes objetivos.
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Registrar la
incorporación de las mejoras
accedidas a las parcelas para fines
múltiples, incluida la valuación,
actualizando los trabajos masivos
realizados por los Catastros estos
últimos años, que han
permitido a las provincias incorporar
en bases de datos gráficas
y alfanuméricas, usando modernas
tecnologías, cifras altamente
significativas de metros cuadrados
de construcción con sus respectivas
características. |
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Incorporar la
operación de mensura de Verificación
de Subsistencia del Estado Parcelario.
Considerando que una de las actividades
más importantes en el desarrollo
económico y social de una persona
es la adquisición de su vivienda
o de una parcela para construir la
misma, en razón de ello la
mayoría de las operaciones
inmobiliarias se refieren a esta circunstancia,
y es justo asegurar a los ciudadanos,
para esta operación, la más
importante de su vida, no sólo
la seguridad jurídica sino
también la realidad de la situación
del inmueble; la cual puede preverse
a través de la Verificación
de Subsistencia del Estado Parcelario.
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Contribuir a
la adecuada: Implementación
de Políticas Territoriales,
Administración del Territorio,
Gerenciamiento de la Información
Territorial y al Desarrollo Sustentable.
Sobre tales componentes existe actualmente
en el país un conjunto de necesidades
insatisfechas y en razón de
problemas similares la comunidad catastral
internacional ha ido desarrollando
los enfoques y estrategias necesarias,
que se han plasmado en conceptos modernos
del alcance del Catastro en el presente
Proyecto de Ley. |
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A través
de una visión amplia de los
objetos territoriales legales, propender
a la implementación del catastro
de tres dimensiones, identificado
con las siglas "3D", y contribuir
a las iniciativas sobre el catastro
marino. Temas estos donde resulta
oportuno y necesario fortalecer la
información territorial. Cabe
mencionar que esta visión 3D
ya se ha desarrollado en Sistemas
de Información Territorial
del país, donde la capacidad
de superponer en forma gráfica
y con sus correspondientes datos,
el parcelamiento de la tierra administrado
por el Catastro y otros componentes
tales como inventarios forestales
administrado por otros entes. |
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Formar, conservar
y publicar el archivo histórico
territorial, comprendiendo la documentación
catastral y territorial emergente
de registros gráficos, cartas
topográficas, datos altimétricos,
fotografías aéreas,
imágenes satelitales u otras
fuentes, generados por el organismo
u otras organizaciones con funciones
territoriales. |
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En
cuanto al poder de policía, se destacan
en el proyecto de Ley entre otros, las siguientes
atribuciones: |
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Practicar de
oficio actos de levantamiento parcelario
y territorial con fines catastrales. |
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Exigir el cumplimiento
de las normas sobre georreferenciación
parcelaria y territorial. |
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Requerir la
incorporación al Sistema de
Información Territorial de
los objetos territoriales legales
de derecho público y privado,
emergentes de operaciones u obras
realizadas por los sectores público,
privado o no gubernamental, conforme
las normas que al efecto establezcan
las legislaciones locales. |
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Participar en
la organización, coordinación,
ejecución y control de aplicación
de normas que brinden seguridad en
el tráfico inmobiliario, equidad
y justicia en la valuación
de los inmuebles y bases adecuadas
para el ordenamiento y la planificación
territorial. |
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Intervenir, en
toda delimitación o modificación
de jurisdicciones político
administrativas, actuando al respecto
como organismo de contralor necesario,
en cumplimiento de las funciones que
le son propias. |
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Ejecutar la cartografía
catastral de la jurisdicción:
confeccionar conservar y publicitar
su registro gráfico. |
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Expedir certificaciones
en sus áreas d incumbencia. |
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Establecer estándares.
Metadatos y todo otro componente compatible
con el papel fundamental del catastro
en el desarrollo de las Infraestructuras
de Datos Geespaciales. Cabe destacar
que al registrar el catastro objetos
territoriales legales, no sólo
sobre la superficie terrestre, sino
sobre el espacio 3D la estandarización,
los metadatos y demás principios
de las Infraestructuras de Datos Geoespaciales
resultan esenciales para integrar
los distintos tipos de datos y lograr
adecuada calidad en los productos
finales. Dentro de estos estándares
están contemplados los estándares
internacionales (tales como las normas
ISO) cuya adopción para el
desarrollo integral de la información
territorial del país resulta
esencial. |
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El Catastro Territorial cumple la función
de un inventario público metódicamente
ordenado conteniendo dos tipos fundamentales
de datos. Los que se identifican como objetos
territoritoriales legales y se determinan
siempre por mensura y los que se denominan
otros objetos territoriales que complementan
la información del territorio.
A su vez a los objetos territoriales legales
se los divide en dos, los que son objeto
de inscripción en el Registro de
la Propiedad Inmueble y los que no se inscriben
en ese Registro, efectuándose la
publicidad sólo a través del
Catastro. Ejemplos: tierras del dominio
público.
Los determinados por mensura, registrados
en el Catastro y objeto de inscripción
en el Registro de la Propiedad constituyen
una importante cantidad de inmuebles y cómo
tal destacan la importancia de la complementariedad
de las dos instituciones.
Finalmente, sin duda alguna el Catastro,
con orígenes al momento que el hombre
se hizo sedentario, siempre ha cumplido
un papel esencial en la sociedad y en el
país tiene una trayectoria de largos
años. Ahora bien el avance en cuanto
a importancia del catastro ha sido significativamente
creciente en las últimas décadas
en todo el mundo, por una lado porque entre
el 70 y 80% de las decisiones del hombre
toman su acción sobre el territorio,
por otra por fenómenos tales como
la globalización, el desarrollo de
las Tecnologías de la Información
y de las Comunicaciones y necesidades generales
de un desarrollo sostenible, sustentado
en el balance y justo equilibrio ente componentes
sociales, económicas y ambientales.
En el caso particular de Argentina, el desarrollo
catastral desde los 90 ha sido altamente
significativo. En este contexto es imprescindible
contar con una Ley Nacional del Catastro,
que permita tener un marco legal en correspondencia
con los desarrollos existentes o en vías
de concreción. Además una
Ley Nacional dará las bases para
un desarrollo coordinado en materia de Catastro
e información territorial. Son válidos
aquí los principios que sustentan
“piensa globalmente, actúa
localmente”, la disponibilidad de
información territorial de un país
debe ser desarrollada con la capacidad de
integrarse más allá de las
fronteras de los estados que la componen”,
es decir disponer desde la base de una Ley
Nacional el marco para esta realidad.
Indudablemente estamos en la era de la Información
Territorial, donde resulta claro que la
suma de los Sistemas de Información
Territorial (SIT) Catastrales, las Tecnologías
de la Información y de las Comunicaciones
(TICs) y las Infraestructuras de Datos Geoespaciales
(IDE) dan como resultado la base esencial
para los sistemas de soporte a la toma decisiones
(SSD), que constituyen una necesidad imperiosa
de satisfacer en el corto y mediano plazo
en Argentina.
Cabe destacar aquí que actualmente
los distintos estados provinciales están
avanzando sobre iniciativas de gobierno
electrónico, debiendo resaltarse
que si bien habitualmente no se lo asocia
directamente al catastro, una importante
parte y de alto costo sobre “gobierno
electrónico” está hecha
al haber desarrollado los catastros desde
los 90 hacia Sistemas de Información
Territorial. Es decir indudablemente los
catastros constituyen pilares esenciales
para esta iniciativa del país.
El Proyecto de Ley da un papel significativo
al Consejo Federal del Catastro, foro constituido
por voluntad de los estados provinciales
desde 1958, deberá ampliar sus funciones
para contribuir a alcanzar los objetivos
del presente Proyecto de Ley. Uno de esos
objetivos prioritarios es la de lograr compatibilizar
las valuaciones de los inmuebles de todo
el país, de tal manera que no suceda
que tierras linderas separadas solo por
un límite de jurisdicción
tengan un valor diferente, con sus implicancias
en los aspectos tributarios nacionales,
como ocurre en la actualidad.
El presente proyecto de Ley, orientado a
satisfacer la imprescindibilidad de legislación
en la materia, de la cual carece Argentina,
es el resultado de la suma de visiones emergentes
del análisis de las necesidades y
problemáticas identificadas en el
país, del papel que deben cumplir
las organizaciones catastrales en el presente
con miras al futuro, logrado a través
del trabajo conjunto del Consejo Federal
del Catastro, de los organismos catastrales
provinciales y otros sectores asociados
al territorio del país y del exterior,
estos últimos a través de
las máximas organizaciones y exponentes
internacionales en la materia.
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